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Guía

Derecho de desistimiento: 14 días para echarte atrás

Si tu préstamo entra en la Ley 16/2011, puedes dejarlo sin efecto durante 14 días naturales, sin dar motivos y sin penalización. Devuelves el capital y el interés de los días que has tenido el dinero, como muy tarde 30 días naturales después de enviar el aviso. Los créditos de menos de 200 € y los gratuitos quedan hoy fuera de esa ley: si se contrataron a distancia, puede aplicarse el derecho de desistimiento de la Ley 22/2007, con sus excepciones. Revisa también las condiciones del contrato.

Esta guía trata cuestiones legales. Es información general, no asesoramiento jurídico; está pendiente de revisión por un profesional del derecho.

Qué te reconoce la ley

El artículo 28 de la Ley 16/2011 define el desistimiento como la facultad de dejar sin efecto el contrato comunicándoselo al prestamista «en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna».

El plazo arranca el día en que firmas. Si las condiciones contractuales te llegan más tarde, arranca el día en que las recibes.

Tus obligaciones son dos:

  • Avisar antes de que acabe el plazo, por un medio que deje constancia. La ley da por respetado el plazo si el aviso se ha enviado a tiempo, en papel o en otro soporte duradero al que el prestamista tenga acceso.
  • Devolver el capital y el interés acumulado entre el día en que dispusiste del dinero y el día en que lo devuelves, «sin ningún retraso indebido» y, como máximo, a los 30 días naturales de haber enviado el aviso. El interés se calcula con el tipo pactado en el contrato.

El prestamista no puede reclamarte ninguna otra compensación, salvo los gastos no reembolsables que haya pagado a la Administración Pública.

A qué préstamos se aplica y a cuáles no

Aquí está la letra pequeña. La Ley 16/2011 excluye de su ámbito (art. 3), entre otros:

  • los créditos de menos de 200 €;
  • los concedidos sin intereses ni ningún otro gasto, como las promociones de primer préstamo al 0 % sin comisiones;
  • los que se devuelven en un máximo de tres meses con gastos mínimos (hasta el 1 % del importe).

Un minicrédito de 300 € a 30 días con su precio habitual sí entra en la ley. Uno de 150 €, o un primer préstamo gratuito, no.

Si el tuyo queda fuera, tienes dos sitios donde mirar:

  1. El contrato. Varias entidades de minicréditos publican en su web un formulario de desistimiento y lo reconocen en sus condiciones. Busca la cláusula: ahí figuran el plazo, la dirección y el medio.
  2. La Ley 22/2007. Si contrataste íntegramente por internet o por teléfono, esta ley concede su propio plazo de 14 días naturales para desistir de un contrato de servicios financieros a distancia (art. 10), y solo permite cobrarte la parte del servicio realmente prestada (art. 11). Tiene excepciones: no se aplica, por ejemplo, a contratos ya ejecutados por completo por ambas partes a petición tuya. Si la entidad te niega esta vía, consulta en una oficina de consumo antes de darla por perdida.

Cómo ejercerlo, paso a paso

  1. Localiza la cláusula de desistimiento. En los contratos sujetos a la Ley 16/2011 es obligatoria: debe decir si existe el derecho, el plazo, cómo ejercerlo y el importe del interés diario.
  2. Cuenta los días desde la firma. Son naturales; no esperes al último.
  3. Envía el aviso por un medio que puedas probar: el formulario del área de cliente si genera justificante, un correo electrónico a la dirección que indique el contrato, una carta certificada o un burofax. Una llamada no basta.
  4. Pide por escrito la cifra exacta a devolver en una fecha concreta y la cuenta de destino.
  5. Devuelve el dinero cuanto antes. Cada día suma interés y el límite son 30 días naturales desde el envío del aviso.
  6. Guarda la copia del escrito, el justificante de envío y el de la transferencia. Pide confirmación de que el contrato ha quedado sin efecto.

Cuánto devuelves: un ejemplo

Ejemplo de cálculo; no es la tarifa de ninguna entidad. Pides 300 € a 30 días y el contrato fija un interés de 3 € al día (90 € si agotas el plazo). El día 4 envías el desistimiento y el día 6 haces la transferencia.

Devuelves 300 € + 6 días × 3 € = 318 €, en lugar de 390 €. No hay comisión de cancelación ni honorarios de gestión que añadir.

Desistimiento y amortización anticipada

Se parecen, pero no son lo mismo.

DesistimientoAmortización anticipada
CuándoSolo en los primeros 14 días naturalesEn cualquier momento
Qué pagasCapital e interés de los días usadosCapital pendiente e interés hasta la fecha
Compensación al prestamistaNingunaHasta el 1 % de lo adelantado (0,5 % si queda un año o menos), y no siempre
EfectoEl contrato queda sin efecto, junto con los servicios accesoriosEl contrato se cumple antes o sigue con menos deuda

Pasado el día 14, tu herramienta es la amortización anticipada.

Modelo de escrito

Asunto: desistimiento del contrato de préstamo n.º [número de contrato]

A la atención de [razón social de la entidad]:

Yo, [nombre y apellidos], con DNI/NIE [número], les comunico que desisto del contrato de préstamo n.º [número], suscrito el [fecha] por un importe de [importe] €, dentro del plazo de catorce días naturales previsto en [el artículo 28 de la Ley 16/2011 / la cláusula ... del contrato].

Les pido que me indiquen por escrito el importe exacto que debo devolver —capital e intereses devengados hasta la fecha de pago— y la cuenta en la que hacerlo. Efectuaré el pago dentro de los treinta días naturales siguientes al envío de esta comunicación.

Solicito también que queden sin efecto los servicios accesorios vinculados al contrato, si los hubiera, y que me confirmen por escrito que el contrato ha quedado resuelto.

En [localidad], a [fecha]. [Firma]

Si la entidad no responde o se niega

Reclama por escrito ante su servicio de atención al cliente y guarda el justificante. Si no lo resuelve, acude a la oficina municipal de información al consumidor o al servicio de consumo de tu comunidad autónoma. El Banco de España solo tramita reclamaciones contra entidades que supervisa, y la mayoría de empresas de créditos rápidos no lo están.

Qué cambiará con la norma europea

La Directiva (UE) 2023/2225 mantiene los 14 días naturales (art. 26) y añade una regla: si no te han entregado las condiciones y la información contractual, el plazo expira en todo caso a los doce meses y catorce días de la firma. Además, elimina las exclusiones de los créditos de menos de 200 € y de los gratuitos, de modo que el desistimiento legal alcanzaría a casi todos los minicréditos.

En España, a 19.09.2026, esa directiva sigue sin transponerse: solo existe un anteproyecto de ley. Hasta que se apruebe, vale lo explicado arriba. Seguimos la tramitación en nueva ley de crédito al consumo.

Preguntas frecuentes

¿Los 14 días son hábiles o naturales?

Naturales: cuentan sábados, domingos y festivos. Empiezan el día en que firmas el contrato o, si es posterior, el día en que recibes las condiciones contractuales. Lo que tiene que quedar dentro del plazo es el envío del aviso, no la devolución del dinero.

¿Puedo desistir si ya he gastado el dinero?

Sí, pero tendrás que devolver el capital completo y el interés de los días transcurridos en un máximo de 30 días naturales desde que envías el aviso. Si no vas a poder reunirlo en ese tiempo, desistir no te resuelve el problema: mira antes qué hacer si no puedes pagar.

¿Qué pasa con el seguro que contraté junto al préstamo?

Si el seguro u otro servicio accesorio se contrató a raíz del préstamo, deja de vincularte al desistir del crédito (art. 28.3 de la Ley 16/2011). En los seguros que no son de vida tienes derecho a que te devuelvan la parte de prima no consumida.

¿Desistir cuenta como un impago?

No. Mientras devuelvas el capital y el interés dentro de los 30 días naturales, no existe una deuda vencida que pueda comunicarse a un fichero de morosidad. El impago llegaría si desistes y después no devuelves el dinero en ese plazo.

Fuentes

  1. Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo — arts. 3, 16 y 28 — consultado el 19.09.2026
  2. Ley 22/2007, de comercialización a distancia de servicios financieros — arts. 10 y 11 — consultado el 19.09.2026
  3. Banco de España — ¿Qué pasa cuando renuncias a un préstamo que ya has firmado? — consultado el 19.09.2026
  4. Directiva (UE) 2023/2225 — art. 26 (derecho de desistimiento) — consultado el 19.09.2026